Irigoyen prohibió a la Policía labrar actas de infracción de tránsito en su ejido urbano

La Policía de Misiones no podrá emitir actas por infracciones de tránsito que no sean con boletas pertenecientes al municipio de Bernardo de Irigoyen dentro del ejido urbano de esa localidad ni del paraje Dos Hermanas, de acuerdo a la ordenanza Nº034/2019 que fuera sancionada por el Concejo Deliberante de esa ciudad el 9 de octubre, promulgada por el intendente, Guillermo Fernández, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el miércoles último.

Según fuentes consultadas por PRIMERA EDICIÓN, lo que habría disparado la decisión de promover la normativa fue que “en los últimos meses los controles de tránsito de la Policía avanzaron hacia lugares considerados casi céntricos y labran actas que no pasan por el Juzgado de Faltas” local, sino que van directamente a la Provincia, que termina recaudando los montos correspondientes.

La ordenanza hace referencia entre sus fundamentos a la necesidad de “regularizar el labrado de actas de infracción de tránsito por parte de la Policía de la Provincia” y recuerda que “la recaudación proveniente de las infracciones de tránsito es un recurso genuino de la Municipalidad”.

En otro de los puntos, se deja en claro que “ no se firmó convenio alguno con la Policía respecto al uso de la boleta electrónica sobre faltas de tránsito” y que “el uso de este sistema (de emisión de multas) lesiona de forma grave y actual a las arcas del municipio, ya que despoja de uno de sus recursos originarios, estipulados por Ley”.

 

Ya está vigente

Inmediatamente al ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, comenzó a regir la ordenanza, que no aclara si excluye o no a las infracciones por fotomultas, lo cual está regulado en la Ley XVIII – N° 40, de Régimen Provincial de Control de Velocidad de Tránsito Vehicular Mediante la Utilización de Radares Fotográficos y Equipos de Medición y Comprobación (cinemómetros).

De acuerdo a los datos obtenidos por este Diario, una de las cosas que más inquietó a los irigoyenses es que “la situación económica es compleja pero vienen y se instalan con una maquinita a hacer multas que hay que ir a pagarlas al Rapipago. Esto no es la fotomulta, sino que en un operativo de tránsito le piden algún elemento al conductor y si no lo tiene, le facturan. Si deben realizar una multa, que sea con el talonario municipal, nada más. Si no, que vayan a una distancia después del ejido urbano”, reclaman.

La ordenanza recuerda que Bernardo de Irigoyen posee juez de Faltas administrativo y “es quien tiene la potestad sancionadora para decidir en relación a las faltas de tránsito dentro del ejido urbano”.

Además, exponen que “con la implementación de la boleta electrónica, se violan los principales derechos del administrado, como ser el debido proceso y defensa en juicio y ser juzgado por sus jueces naturales. La boleta se labra y automáticamente pasa a la Jefatura de Policía a fin de su cobro, estando ya el monto de la multa en el momento del acto de la infracción”.

Según se supo, desde el Municipio pretenden “que se ordene el tema, que se regule para que no se repita”, mientras otros afirman que no era necesario promover una ordenanza y que con diálogo se podía resolver una situación que puede tener consecuencias políticas.

 

Límites exclusivos

En la ordenanza en cuestión se establece como ejido urbano de Bernardo de Irigoyen desde la intersección de la ruta nacional 101 tramo nuevo, asfaltado, con el tramo viejo, de tierra, a la altura de Vialidad Nacional, hasta el punto marcado con el poste de kilometraje de la ruta nacional 14, pasando 100 metros del control fijo de Gendarmería Nacional; y como límite Este, la frontera internacional con la República Federativa del Brasil.

En esa franja se considera “de jurisdicción exclusiva del Juzgado Municipal de Faltas de Bernardo de Irigoyen entender sobre faltas de tránsito y/u otras administrativas”.

El ejido urbano del paraje Dos Hermanas va desde la rotonda de intersección de las rutas provincial 17 y nacional 14; hasta el kilómetro 110 de la ruta provincial 17, en Paraje Laguna Azul, altura colegio IEA; y como límites laterales, una distancia de 500 metros a cada lado de la ruta provincial 17; también siendo de jurisdicción exclusiva del Juzgado Municipal de Faltas de Bernardo de Irigoyen entender sobre faltas de tránsito y/u otras administrativas.

FUENTE: Primera Edición 

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